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Consejo de alumnos

 

Los Delegados de Clase:

  1. Podrá ser elegido Delegado de su Grupo de Clase cualquier alumno del Colegio.
  2. Será Delegado de Clase aquel alumno que, en votación secreta, efectuada por sus compañeros y presidida por el Tutor, obtenga mayoría relativa de votos.
  3. La duración del cargo de Delegado de Clase será de un curso completo, sólo pudiendo ser cesado por el Consejo de Alumnos, cuando el Tutor o las tres cuartas partes de su Grupo de Clase lo soliciten.
  4. El Subdelegado será el segundo alumno que más votos obtenga.

Funciones del delegado de Clase:

  1. Ser portavoz de su Grupo de Clase y transmitir al Tutor o al Profesor las inquietudes o deseos de sus compañeros, respecto a la marcha del curso, de la asignatura o de cualquier actividad de la vida colegial.
  2. Informar al Tutor de cualquier situación o problema que pueda afectar a la convivencia del Grupo de Clase, o incidir en su rendimiento académico.
  3. Informar al Profesor de Guardia si, transcurridos diez
  4. minutos desde el aviso de comienzo de la clase, no hay un Profesor presente en el aula.
  5. Recordar a sus compañeros cuál debe ser la actitud de cualquier alumno en el aula, aunque no se encuentre un Profesor presente.
  6. Informar a sus compañeros de las decisiones del Tutor o de cualquier Profesor.
  7. Formar parte del Consejo de Alumnos del Colegio.
  8. El Subdelegado sustituirá al Delegado en su ausencia.

Consejo de alumnos:

  1. El Consejo de Alumnos estará constituido por todos los Delegados de Clase (de 1º E.S.O. a 2º BAC.) elegidos democráticamente, los representantes de los alumnos en el Consejo Escolar y la Directora.
  2. Uno de los miembros de este Consejo ejercerá las funciones de Presidente y otro el de Secretario, levantando acta de cada reunión.
  3. La permanencia de los miembros en el Consejo de Alumnos será de un curso completo.
  4. El Consejo de Alumnos se reunirá, con carácter ordinario una vez al mes, y con carácter extraordinario siempre que un tercio de sus miembros lo consideren necesario, o que la Directora lo solicite.
  5. Las sesiones de trabajo del Consejo de Alumnos serán presididas por su Presidente. A las reuniones podrá asistir la Directora (miembro nato con voz, pero sin voto).

Funciones del Consejo de alumnos:

  1. Informar a la Directora de las posibles incidencias de convivencia de cada Grupo de Clase.
  2. Informar a sus compañeros de las conclusiones y decisiones tomadas en las sesiones de trabajo del Consejo de Alumnos.
  3. Elaborar informes, a iniciativa propia o a petición de la Dirección, para mejorar la convivencia o la actividad académica en el Colegio.
  4. Elaborar propuestas de modificación de los Principios de Convivencia del Colegio.
  5. Elaborar propuestas de criterios para la confección de los horarios de actividades docentes y colaborar en la organización de actividades extraescolares, culturales y recreativas (fiestas, viajes, competiciones deportivas, etc.).
  6. Transmitir al Consejo Escolar, a través de sus representantes, cuantas iniciativas crean oportunas.

Contacto: consejodealumnos@colegiobernadette.com

 
 
 

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